{"id":10341,"date":"2021-08-09T06:00:00","date_gmt":"2021-08-09T09:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.onnoideas.com.ar\/cliente\/?p=10341"},"modified":"2021-08-09T01:32:02","modified_gmt":"2021-08-09T04:32:02","slug":"las-nuevas-flexibilizaciones-vigentes-en-todo-el-pais","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.onnoideas.com.ar\/cliente\/especializadas\/politica-y-gobierno\/las-nuevas-flexibilizaciones-vigentes-en-todo-el-pais\/","title":{"rendered":"Las nuevas flexibilizaciones vigentes en todo el pa\u00eds"},"content":{"rendered":"\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p>A\u00f1o 7 \/ Edici\u00f3n XXXIII \/ Argentina \/ 09-08-2021 \/ ISSN 2422-7226\u00a0\u00a0<\/p><cite> <em>Con intervenci\u00f3n del equipo editor del Observador Central<\/em><\/cite><\/blockquote>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p>Las nuevas disposiciones sanitarias del Gobierno en el contexto de la pandemia de coronavirus comenzaron a regir este s\u00e1bado, con su oficializaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial. Se permiten m\u00e1s actividades recreativas y encuentros sociales, as\u00ed como aumenta el ingreso de pasajeros diarios.<\/p><\/blockquote>\n\n\n\n<p>Las <strong>nuevas disposiciones sanitarias del Gobierno Nacional en el contexto de la pandemia <\/strong>de coronavirus comenzaron a regir a partir de este s\u00e1bado, con su oficializaci\u00f3n en el <strong>Bolet\u00edn Oficial<\/strong>, e incluyen la flexibilizaci\u00f3n de actividades recreativas y encuentros sociales as\u00ed como el <strong>aumento del ingreso de pasajeros diarios<\/strong>, en el marco del plan de <strong>aperturas progresivas anunciado por el presidente Alberto Fern\u00e1ndez.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las medidas quedaron oficializadas a trav\u00e9s del<strong> DNU 494\/2021<\/strong> publicado en el Bolet\u00edn Oficial, con la firma del presidente Alberto Fern\u00e1ndez y la totalidad de los ministros del Gabinete; y de la Decisi\u00f3n Administrativa 793\/2021, firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.<\/p>\n\n\n\n<p>El nuevo DNU abandona el esquema de sem\u00e1foro epidemiol\u00f3gico y mantiene \u00fanicamente la categor\u00eda de alarma epidemiol\u00f3gica y sanitaria para aglomerados, departamentos o partidos de m\u00e1s de 300.000 habitantes, en donde la ocupaci\u00f3n de camas UTI supere el 80% y la variaci\u00f3n porcentual del n\u00famero de pacientes internados de los \u00faltimos 7 d\u00edas, respecto de los 7 anteriores sea superior al 20%.<\/p>\n\n\n\n<p>El viernes, el Presidente anunci\u00f3 un plan de <strong>\u00abaperturas sostenidas y progresivas\u00bb<\/strong> para ir recuperando las actividades <strong>\u00abde manera responsable y con cuidado\u00bb <\/strong>en el marco de la pandemia de coronavirus y anticip\u00f3 que a partir de este s\u00e1bado habr\u00e1 una<strong> \u00abampliaci\u00f3n paulatina de la cantidad de personas que puedan reunirse\u00bb<\/strong> y tambi\u00e9n un avance en la presencialidad escolar.<\/p>\n\n\n\n<p>En los considerandos de la norma publicada hoy se indica que<strong> \u00abde acuerdo a la situaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica, sanitaria y de coberturas de vacunaci\u00f3n, se puede evaluar la habilitaci\u00f3n paulatina y controlada de actividades y aforos\u00bb.<\/strong><br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>ACTIVIDADES RECREATIVAS Y ENCUENTROS SOCIALES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el decreto se establece que est\u00e1 permitida en todo el territorio nacional la pr\u00e1ctica de \u00abdeportes, eventos sociales, culturales, recreativos y religiosos en espacios cerrados\u00bb; como as\u00ed tambi\u00e9n los \u00abcines, teatros, clubes, locales gastron\u00f3micos, centros culturales, gimnasios, casinos y bingos, con un aforo del 70 por ciento\u00bb.<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>CENTROS DE D\u00cdA Y CLUBES DE ADULTOS MAYORES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se habilit\u00f3 la asistencia a centros de d\u00eda y clubes de adultos mayores con el mismo l\u00edmite de aforo, siempre y cuando <strong>\u00abtodos los asistentes cuenten con el esquema completo de vacunaci\u00f3n contra la COVID-19, y hayan transcurrido 14 d\u00edas desde entonces\u00bb<\/strong>.<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>REUNIONES EN DOMICILIOS PARTICULARES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, las reuniones sociales en domicilios particulares ahora pueden ser de<strong> \u00abhasta 10 personas si se hacen en espacios interiores, y de hasta 20 si se realizan al aire libre\u00bb.<\/strong><br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>ESPACIOS ABIERTOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En tanto, en espacios abiertos, se autoriz\u00f3 la <strong>\u00abrealizaci\u00f3n de excursiones y actividades tur\u00edsticas de acuerdo con los protocolos y normativa vigentes\u00bb<\/strong>, en transportes que permitan mantener <strong>\u00abventilaci\u00f3n exterior adecuada de manera constante y cruzada\u00bb<\/strong>.<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>REUNIONES Y ACTIVIDADES EN ESPACIOS P\u00daBLICOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, las reuniones y actividades en espacios p\u00fablicos pueden ser de hasta 100 personas, aunque <strong>\u00abla autoridad jurisdiccional podr\u00e1 disminuir el aforo\u00bb<\/strong> establecido <strong>\u00abseg\u00fan los par\u00e1metros epidemiol\u00f3gicos y sanitarios\u00bb.<\/strong><br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>VIAJES EN GRUPOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La norma indica que los gobiernos provinciales y municipales podr\u00e1n permitir la realizaci\u00f3n de viajes en grupos \u00ab<strong>de hasta 10 personas para salidas recreativas, sociales y comerciales\u00bb,<\/strong> en tanto tengan como origen y destino aglomerados que \u00abno sean considerados en Situaci\u00f3n de Alarma Epidemiol\u00f3gica y Sanitaria; que se realicen bajo los protocolos; que no incluyan pasajeros que hayan estado en el exterior durante los \u00faltimos 14 d\u00edas o sean convivientes de quien revista tal condici\u00f3n; no hayan sido contacto estrecho de un caso confirmado de COVID-19 durante los 14 d\u00edas previos al viaje, ni hayan tenido un diagn\u00f3stico positivo en el mismo per\u00edodo\u00bb.<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>CLASES PRESENCIALES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En lo que respecta a las clases presenciales, se mantendr\u00e1n<strong> \u00abdando efectivo cumplimiento a los par\u00e1metros de evaluaci\u00f3n, estratificaci\u00f3n y determinaci\u00f3n del nivel de riesgo epidemiol\u00f3gico y condiciones establecidas en las resoluciones del Consejo Federal de Educaci\u00f3n\u00bb<\/strong>, dice el DNU.<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>SECTOR P\u00daBLICO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El DNU dispone tambi\u00e9n la prestaci\u00f3n de servicios en el sector p\u00fablico bajo la modalidad presencial para los agentes de la administraci\u00f3n p\u00fablica nacional.<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EVENTOS MASIVOS SUSPENDIDOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En tanto, <strong>permanecen suspendidos en todo el pa\u00eds los eventos masivos, <\/strong>entendidos como todo acto, reuni\u00f3n o acontecimiento de car\u00e1cter eventual, cuyo objeto sea art\u00edstico, musical, festivo o deportivo, capaz de producir una concentraci\u00f3n mayor a 1.000 asistentes.<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>VIAJES GRUPALES PROHIBIDOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Siguen prohibidos los viajes grupales de egresados, jubilados y jubiladas y de estudiantes o similares as\u00ed como las actividades y reuniones sociales en espacios p\u00fablicos al aire libre de m\u00e1s de 100 personas. Lo mismo sucede en discotecas, salones de fiestas, bailes, o actividades similares.<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>CIERRE DE FRONTERAS Y CUPO PARA EL INGRESO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Se oficializ\u00f3 tambi\u00e9n la<strong> pr\u00f3rroga del cierre de las fronteras hasta el 1 de octubre y ampli\u00f3 el cupo semanal a 11.900 plazas para el ingreso al pa\u00eds de argentinos residentes y extranjeros no residentes<\/strong>. El cupo de 11.900 plazas se determina hasta el 1 de septiembre y, despu\u00e9s de esa fecha, se eleva a 16.100 plazas si se establecen nuevos corredores seguros a\u00e9reos.<\/p>\n\n\n\n<p>La medida hab\u00eda sido anticipada el viernes por el jefe de Gabinete, quien precis\u00f3 que, desde este s\u00e1bado,<strong> \u00abse ampl\u00eda a 1.700 personas por d\u00eda\u00bb <\/strong>el cupo para ingresar al pa\u00eds, a trav\u00e9s de<strong> \u00abcorredores seguros, articulando con las provincias\u00bb<\/strong> y con la fiscalizaci\u00f3n de que se haga efectivo el aislamiento obligatorio.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan indica la norma publicada este s\u00e1bado, del total de las plazas mencionadas, 700 pasajeros podr\u00e1n ser priorizados por el Estado nacional por razones de urgencia o para atender cuestiones esenciales impostergables o de representaci\u00f3n oficial o diplom\u00e1tica, a los efectos de facilitar su viaje al pa\u00eds.<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>AGLOMERADOS URBANOS EN ALARMA EPIDEMIOL\u00d3GICA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En tanto,<strong> las actividades que se suspenden en aglomerados urbanos en situaci\u00f3n de alarma epidemiol\u00f3gica y sanitaria<\/strong> por el t\u00e9rmino de nueve d\u00edas son la circulaci\u00f3n nocturna de las personas, entre las 20 y hasta las 6 del d\u00eda siguiente.<\/p>\n\n\n\n<p>En esas zonas quedar\u00e1n exceptuadas las personas afectadas a las situaciones, actividades y servicios esenciales; y actividades industriales que se encuentren trabajando en horario nocturno, y las que deban retornar a su domicilio habitual desde su lugar de trabajo o concurrir al mismo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>En lugares con situaci\u00f3n de alarma siguen suspendidos los eventos masivos<\/strong> (art\u00edsticos, musicales, festivos o deportivos),<strong> las actividades econ\u00f3micas, industriales, comerciales y de servicios en lugares cerrados con 50 por ciento de aforo<\/strong>.<strong> Tambi\u00e9n las actividades recreativas, culturales, religiosas y deportivas con 30 por ciento de aforo.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>All\u00ed no podr\u00e1n realizarse reuniones sociales en los domicilios particulares de m\u00e1s 10 personas y no podr\u00e1n realizarse actividades y reuniones sociales en espacios p\u00fablicos al aire libre de m\u00e1s de 20 personas. <strong>El transporte p\u00fablico de pasajeros solo podr\u00e1 ser utilizado por las personas afectadas a las actividades, servicios y situaciones esenciales o en aquellos supuestos en los cuales expresamente se hubiera autorizado su uso.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Finalizado el plazo de nueve d\u00edas, y si luego de transcurridos 28 d\u00edas el aglomerado, departamento o partido contin\u00faa en situaci\u00f3n de Alarma Epidemiol\u00f3gica y Sanitaria, estas restricciones se volver\u00e1n a aplicar por otras nueve jornadas.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: Portal web de noticias \u00abNuevo D\u00eda\u00bb &#8211; 08\/08\/2021<br><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A\u00f1o 7 \/ Edici\u00f3n XXXIII \/ Argentina \/ 09-08-2021 \/ ISSN 2422-7226\u00a0\u00a0 Con intervenci\u00f3n del equipo editor del Observador Central Las nuevas disposiciones sanitarias del Gobierno en el contexto de la pandemia de coronavirus comenzaron a regir este s\u00e1bado, con su oficializaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial. 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